La documentación que usted debe facilitar para realizar una tasación oficial en es, una copia de la escritura del inmueble a tasar o una nota simple de la misma, además de, la referencia catastral del inmueble.
En cambio, para una tasación homologada en , es imprescindible aportar una nota simple actualizada, es decir, con menos de 3 meses de antigüedad, además de la referencia catastral.
En la visita en por parte del técnico, se hace la comprobación y medición de la superficie, con el levantamiento de planos además de la comprobación de los acabados, los materiales y el estado de conservación del inmueble
El levantamiento de planos puede variar en función de la finalidad solicitada
En primer lugar, la valoración de asesoramiento no le va a valer para ningún organismo oficial, a diferencia de la tasación oficial, la cual es válida para juzgados, Administración y procesos de compraventa.
Además, el informe que se desarrolla es mucho más avanzado, por lo que contiene una valoración mucho más precisa del inmueble.
Ambas tasaciones cumplen y siguen la misma normativa pero, una tasación hipotecaria solo puede ser hecha por una entidad homologada por banco de España, y, dicha tasación, debe ser usada para presentarla ante la entidad con la que van a hacer la tasación.
La tasación oficial, pese a cumplir la norma ECO 805, no tiene como tal la finalidad hipotecaria, por lo que, es válida para organismos públicos y juzgados, pero no para temas hipotecarios.
La Tasación Pericial Contradictoria es aplicable en el momento en el que Hacienda le indica que el valor que ha declarado por su vivienda es inferior del valor fiscal , valor por el que hay que declarar impuestos de un inmueble.
El primer paso es hacer las oportunas alegaciones por las que no acepta la la comprobación de valores otorgada por la Administración Pública. En este primer paso, es crucial que se reserve el derecho a promover la tasación pericial contradictoria. Este primer paso se debe realizar en el plazo de 10 días
En segundo lugar, usted debe de notificar a Hacienda el arquitecto técnico que va a hacer la tasación. Este paso se debe de hacer en el plazo de 15 días.
En el último paso usted deberá presentar la tasación en el plazo de 30 días desde la notificación